08/09/2026
¿Qué ocurre si el administrador único de una sociedad fallece o cesa de forma definitiva? La compañía puede quedar inoperativa, porque es quien la representa y actúa en su nombre. Hasta que la junta de socios designe a un sustituto pueden darse situaciones de bloqueo.
Para evitarlo, la ley permite nombrar un administrador suplente: quien ocupará el cargo cuando se produzca una vacante anticipada (fallecimiento, incapacidad, dimisión…). Antes hay que comprobar que los estatutos no lo impidan.
Puntos importantes:
• Lo designa la junta general, en cualquier momento, aunque lo aconsejable es hacerlo en la misma junta en la que se nombra o renueva al titular. Pueden ser varios.
• Debe cumplir los requisitos legales del cargo y los previstos en estatutos.
• La vacante debe producirse por cualquier causa, pero no por el simple vencimiento del plazo del cargo.
• Su mandato dura lo mismo que el del titular; si los estatutos callan, la ley prevé duración indefinida.
Si quiere revisar cómo está previsto en sus estatutos, contáctenos y vemos su caso concreto.
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