30/09/2026
🇨🇴 ¡DOS AÑOS DE CONVIVENCIA NO TE DAN LA MITAD DE TODO! 😳 “Abogado, llevo dos años viviendo con mi pareja… ¡ya la mitad de sus cosas son mías!”. Cuidado: esa creencia puede salirte muy cara. Cumplir dos años puede dar lugar a la presunción de una sociedad patrimonial si se reúnen los requisitos legales, pero hay que revisar CUÁNDO se adquirieron los bienes, CÓMO se pagaron y QUÉ tipo de bienes son. Una casa que tu pareja tenía antes de iniciar la unión, una herencia o una donación, por regla general, quedan fuera del patrimonio común, aunque sus rentas y frutos pueden entrar. Tampoco basta con que un bien esté a nombre de uno solo para excluirlo: lo construido económicamente durante la unión puede pertenecer a ambos. ¡Antes de reclamar “mi mitad”, revisa qué se puede repartir! ⚖️ Comenta CONSULTA para recibir información sobre nuestra asesoría jurídica y sígueme, Jorge Iván Arboleda Abogado, para conocer tus derechos antes de tomar decisiones que afecten tu patrimonio.