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Di Pietro & Asoc. Estudio Jurídico Di Pietro & Asociados, en Quilmes. Más de 12 años en la zona sur. Primera consulta sin cargo.

Derecho laboral, accidentes y ART, familia y divorcios, sucesiones, jubilaciones y ANSES, penal, civil y comercial y derecho del deporte.

Novedad para empleadores de Quilmes y la zona sur: desde noviembre, el FAL entra en la liquidación de sueldos.ARCA regla...
01/10/2026

Novedad para empleadores de Quilmes y la zona sur: desde noviembre, el FAL entra en la liquidación de sueldos.

ARCA reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) a través de la Resolución General 5907/2026. Desde el período devengado de noviembre de 2026, los empleadores privados pasan a declararlo dentro del F.931 (versión 48 del aplicativo) y a pagarlo por VEP. Quedan afuera el sector público, el personal de casas particulares y la construcción.

Las alícuotas son del 2,5% para MiPymes y entidades sin fines de lucro, y del 1% para el resto de los empleadores. Según ARCA no implica un costo nuevo: se detrae de las contribuciones patronales que ya se venían pagando (SIPA, PAMI, Fondo Nacional de Empleo y Asignaciones Familiares).

El FAL, creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral, respalda las indemnizaciones por despido, el preaviso y la integración del mes de despido, para trabajadores con al menos 12 meses de antigüedad, y recién se puede usar después de 6 meses de aportes. Es un respaldo, no un reemplazo: el empleador sigue siendo el responsable de pagar la indemnización.

Un paso que no conviene dejar para último momento: antes del primer pago hay que informar el ID FAL en "Simplificación Registral". Si no se hace, se asigna una entidad de oficio.

Leé la nota completa en nuestro blog: https://www.abogadosenquilmes.com/articulos/fal-fondo-asistencia-laboral-rg-5907-2026/

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Según el INDEC, en agosto criar a un chico de entre 6 y 12 años costó $713.070 por mes. Casi la mitad de esa cifra, $342...
28/09/2026

Según el INDEC, en agosto criar a un chico de entre 6 y 12 años costó $713.070 por mes. Casi la mitad de esa cifra, $342.080, es el valor del tiempo de cuidado.

El dato importa porque la ley dice lo mismo: las tareas cotidianas de quien cría "tienen un valor económico y constituyen un aporte a su manutención" (art. 660 del Código Civil y Comercial). El progenitor que convive con los chicos ya está aportando. El otro tiene que hacer su parte.

Muchas familias de Quilmes y la zona sur postergan el reclamo por tres ideas equivocadas: que sin recibo de sueldo no se puede reclamar (se puede, porque se prueba el nivel de vida), que la ley fija un porcentaje del sueldo (no lo fija: se miran las necesidades de los chicos y las posibilidades del otro) y que si no paga se le pueden negar las visitas (son obligaciones distintas).

El error que más cuesta es esperar. La cuota se debe desde que se intima por carta documento, siempre que la demanda se presente dentro de los seis meses. Lo anterior solo se recupera como reembolso de gastos, con comprobantes.

Y si no paga, hay herramientas: retención del sueldo, embargo y la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia 📌

Leé la nota completa en nuestro blog: https://www.abogadosenquilmes.com/articulos/cuota-alimentaria-canasta-de-crianza-como-reclamar/

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Contenido informativo. Cada caso depende de sus propias circunstancias.

18/09/2026

El caso en 20 segundos: una deuda bancaria de casi $158 millones, cancelada con un único pago de $36 millones.

Caso real del estudio, con los datos del cliente reservados. Negociamos con la entidad un acuerdo de pago por escrito, el banco condonó la diferencia y se emitió el certificado de libre deuda.

Cada situación es distinta y los resultados no se garantizan, pero cuando la deuda se vuelve impagable casi siempre hay margen para negociar una quita.

La nota completa, con qué papeles pedir antes y después de pagar: https://www.abogadosenquilmes.com/articulos/negociar-deuda-bancaria-impagable-quita-libre-deuda/

Consultanos. Atendemos en Quilmes, Conesa 288.

Resultados de casos reales. Cada caso depende de sus propias circunstancias.

Cuando una deuda bancaria se llena de intereses, llega un punto en que el número que reclaman ya no tiene ninguna relaci...
18/09/2026

Cuando una deuda bancaria se llena de intereses, llega un punto en que el número que reclaman ya no tiene ninguna relación con lo que la persona pidió prestado.

Ahí es donde muchos dejan de abrir las cartas y de atender el teléfono. Y es justo el momento en que más conviene hacer lo contrario.

Compartimos un caso real del estudio, con los datos del cliente reservados. La persona acumulaba deuda con un banco en cuenta corriente, tarjetas de crédito y varios préstamos. Con los intereses, el reclamo se acercaba a los $158 millones y no paraba de crecer.

Encaramos la negociación con la entidad y llegamos a un acuerdo de pago por escrito: un único pago de $36 millones para cancelar la totalidad de la deuda. El banco condonó la diferencia y se emitió el certificado de libre deuda. El cliente quedó sin nada más que reclamar.

Cada situación es distinta y los resultados no se garantizan, pero el caso muestra algo que conviene tener presente: cuando la deuda se vuelve impagable, muchas veces hay margen para negociar una quita y cerrar el tema antes de que escale.

En el estudio asesoramos a vecinos de Quilmes y de toda la zona sur en reestructuración de deudas y defensa del deudor.

Leé la nota completa en el blog, donde explicamos qué papeles hay que pedir sí o sí antes de pagar: https://www.abogadosenquilmes.com/articulos/negociar-deuda-bancaria-impagable-quita-libre-deuda/

Escribinos por Messenger o llamanos al 011 3408-7400. Atendemos en Quilmes, Conesa 288.

Resultados de casos reales. Cada caso depende de sus propias circunstancias.

Una deuda de casi $158 millones se canceló con $36 millones. Cómo se negocia una quita con el banco y qué papeles exigir. Asesoría en Quilmes.

Se publicaron nuevos topes indemnizatorios y conviene saber cómo te impactan.El 10 de septiembre el Ministerio de Capita...
14/09/2026

Se publicaron nuevos topes indemnizatorios y conviene saber cómo te impactan.

El 10 de septiembre el Ministerio de Capital Humano actualizó en el Boletín Oficial los topes del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo para varios convenios. Son los valores con los que se calcula la indemnización por antigüedad en un despido sin causa.

La cuenta arranca por tu mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Pero cada convenio colectivo le pone un techo a esa base: ese techo es el tope, y no hay uno solo para todos, hay tantos como convenios.

Ahora bien, el techo también tiene un límite. En el fallo "Vizzoti c/ AMSA", del 14 de septiembre de 2004 —hoy cumple 22 años—, la Corte Suprema resolvió que el tope no puede recortar la base de cálculo en más del 33%. Si el recorte es mayor, la indemnización debe liquidarse sobre el 67% de tu mejor sueldo.

En la práctica vemos dos errores muy frecuentes: que se aplique un tope que recorta de más, y que queden afuera de la "mejor remuneración" conceptos que sí debían computarse, como premios, comisiones u horas extra habituales. Y una vez firmado el recibo por saldo, reclamar diferencias se vuelve mucho más difícil.

Si te despidieron, o si tenés una pyme y estás por desvincular personal, revisá el número antes de firmar. 📌

Leé la nota completa en el blog: https://www.abogadosenquilmes.com/articulos/topes-indemnizatorios-2026-despido/

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El nuevo Régimen Penal Juvenil ya tiene reglamentación.El Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial el 7 de sept...
07/09/2026

El nuevo Régimen Penal Juvenil ya tiene reglamentación.

El Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial el 7 de septiembre, pone en marcha la Ley 27.801 y define cómo interviene la Justicia cuando un adolescente es acusado de un delito. Es un tema que conviene conocer, sobre todo si hay chicos en la familia.

¿A quién alcanza? A los adolescentes desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumplen 18. No es la Justicia de adultos: es un sistema penal especial, con procedimientos, plazos y garantías propias, orientado a la responsabilidad, la educación y la reinserción del joven.

El decreto refuerza el debido proceso y prevé patrocinio jurídico gratuito y asistencia especializada. También crea figuras nuevas: un Registro de Supervisores —profesionales de la educación, la psicología o el trabajo social, con un plazo de 180 días para la convocatoria pública—, un Comité Interministerial y una Mesa Federal a la que las provincias, incluida Buenos Aires, adhieren de manera voluntaria. La autoridad de aplicación es el Ministerio de Justicia.

Para las familias de Quilmes, Berazategui y Florencio Varela, el punto práctico es uno solo: frente a una imputación a un menor de 18, la actuación temprana es decisiva. Muchas familias llegan a la consulta sin saber que el adolescente tiene derecho a un abogado desde el inicio del proceso, o que existen medidas alternativas a la privación de la libertad.

Escribinos por Messenger o al 011 3408-7400 y coordinamos una entrevista. Analizamos tu situación de forma personalizada y con total reserva.

Leé la nota completa en nuestro blog:

El Decreto 875/2026 reglamentó el Régimen Penal Juvenil: a quiénes alcanza, qué garantías crea y qué hacer si involucra a un adolescente. Consultanos.

04/09/2026

Hay una noticia que a mucha gente de Quilmes le puede cambiar el mes, y casi no se está contando.

Los bancos y las emisoras de tarjeta están aceptando arreglos por deudas en mora con quitas muy fuertes, siempre que se negocien antes de que empiece el juicio.

El motivo es simple: con la mora de las familias en niveles récord, a la entidad le conviene cobrar una parte hoy antes que iniciar un juicio caro y largo por una deuda que probablemente nunca cobre entera. En esa lógica se están cerrando acuerdos que reducen el saldo de manera muy significativa.

Ahora bien, no toda propuesta es una buena propuesta. Antes de firmar hay que revisar tres cosas: cómo está compuesto el saldo que le reclaman (cuánto es capital y cuánto intereses y cargos), qué pasa con la prescripción —porque reconocer o pagar una deuda vieja puede hacer que el plazo vuelva a empezar— y de qué manera queda informada la deuda en el registro crediticio una vez cancelada.

También conviene saber que el hostigamiento telefónico de las cobranzas tiene límites legales. La ley de defensa del consumidor prohíbe que un reclamo extrajudicial se disfrace de reclamo judicial.

Si le llegaron llamados, cartas documento o una propuesta de pago, no la firme sin revisarla.

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Desde el 1° de septiembre hay un monto mínimo que ninguna ART puede pagar por debajo, aunque el sueldo del trabajador ha...
03/09/2026

Desde el 1° de septiembre hay un monto mínimo que ninguna ART puede pagar por debajo, aunque el sueldo del trabajador haya sido bajo.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo publicó la Resolución SRT 39/2026 y actualizó por índice RIPTE los montos por accidentes y enfermedades laborales. Los nuevos valores rigen para los siniestros ocurridos entre el 1° de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027, y subieron alrededor de un 17%.

📌 El piso mínimo indemnizatorio quedó en $114.354.110. Además, la aseguradora debe pagar compensaciones fijas de pago único que se suman a la indemnización: más de $50 millones por incapacidad parcial mayor al 50%, más de $63 millones por incapacidad total y más de $76 millones en caso de fallecimiento.

La cobertura también alcanza al accidente in itinere, el del trayecto habitual entre tu casa y el trabajo, y a las enfermedades profesionales reconocidas.

El número final depende de dos cosas: la fecha del accidente, porque se aplican los valores vigentes en ese momento, y el grado de incapacidad, que surge de los estudios médicos y del baremo. Una oferta por debajo del piso legal puede significar varios millones de diferencia en contra del trabajador.

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Leé la nota completa en el blog: https://www.abogadosenquilmes.com/articulos/accidente-de-trabajo-nuevos-montos-srt-39-2026/

Contenido informativo. No constituye asesoramiento legal sobre un caso particular.

Si tenés un préstamo, desde este lunes el banco o la billetera puede debitarte la cuota directamente de tu cuenta.Lo dis...
31/08/2026

Si tenés un préstamo, desde este lunes el banco o la billetera puede debitarte la cuota directamente de tu cuenta.

Lo dispuso el Banco Central con la Comunicación "A" 8406, que puso en marcha el sistema de Cobro con Transferencia. En los medios se resumió como "ya te pueden sacar la plata de la cuenta". Es cierto a medias, y conviene conocer la otra mitad.

El débito no funciona solo: necesita tu autorización previa y expresa, vinculada a una cuenta puntual. Y podés darla de baja cuando quieras desde el homebanking o la app.

La norma además pone límites concretos:

- Solo sirve para préstamos de cuota fija.
- La cuota no puede superar el 30% de tus ingresos al momento de tomar el crédito.
- El débito sale únicamente de la cuenta donde se acreditó el préstamo.
- Tres intentos como máximo: el del vencimiento y dos reintentos, a las 48 y a las 96 horas. No hay barridos diarios ni acumulación de cuotas atrasadas.
- Te tienen que avisar por mail, SMS o notificación al celular el día hábil anterior a cada débito.
- Solo pueden usarlo bancos y prestadores habilitados por el BCRA.

Si te debitaron sin autorización, de una cuenta que no corresponde, por encima de lo pactado o después de dar de baja el permiso, es un cobro irregular y podés reclamar la devolución. 📌

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Nota completa en el blog: https://www.abogadosenquilmes.com/articulos/debito-automatico-cuotas-bcra-cobro-con-transferencia/

31/08/2026

Si tenés un préstamo, desde este lunes el banco o la billetera puede debitarte la cuota directamente de tu cuenta.

Lo dispuso el Banco Central con la Comunicación "A" 8406, que puso en marcha el sistema de Cobro con Transferencia. En los medios se resumió como "ya te pueden sacar la plata de la cuenta". Es cierto a medias, y conviene conocer la otra mitad.

El débito no funciona solo: necesita tu autorización previa y expresa, vinculada a una cuenta puntual. Y podés darla de baja cuando quieras desde el homebanking o la app.

La norma además pone límites concretos:

- Solo sirve para préstamos de cuota fija.
- La cuota no puede superar el 30% de tus ingresos al momento de tomar el crédito.
- El débito sale únicamente de la cuenta donde se acreditó el préstamo.
- Tres intentos como máximo: el del vencimiento y dos reintentos, a las 48 y a las 96 horas. No hay barridos diarios ni acumulación de cuotas atrasadas.
- Te tienen que avisar por mail, SMS o notificación al celular el día hábil anterior a cada débito.
- Solo pueden usarlo bancos y prestadores habilitados por el BCRA.

Si te debitaron sin autorización, de una cuenta que no corresponde, por encima de lo pactado o después de dar de baja el permiso, es un cobro irregular y podés reclamar la devolución. 📌

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