01/10/2026
Novedad para empleadores de Quilmes y la zona sur: desde noviembre, el FAL entra en la liquidación de sueldos.
ARCA reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) a través de la Resolución General 5907/2026. Desde el período devengado de noviembre de 2026, los empleadores privados pasan a declararlo dentro del F.931 (versión 48 del aplicativo) y a pagarlo por VEP. Quedan afuera el sector público, el personal de casas particulares y la construcción.
Las alícuotas son del 2,5% para MiPymes y entidades sin fines de lucro, y del 1% para el resto de los empleadores. Según ARCA no implica un costo nuevo: se detrae de las contribuciones patronales que ya se venían pagando (SIPA, PAMI, Fondo Nacional de Empleo y Asignaciones Familiares).
El FAL, creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral, respalda las indemnizaciones por despido, el preaviso y la integración del mes de despido, para trabajadores con al menos 12 meses de antigüedad, y recién se puede usar después de 6 meses de aportes. Es un respaldo, no un reemplazo: el empleador sigue siendo el responsable de pagar la indemnización.
Un paso que no conviene dejar para último momento: antes del primer pago hay que informar el ID FAL en "Simplificación Registral". Si no se hace, se asigna una entidad de oficio.
Leé la nota completa en nuestro blog: https://www.abogadosenquilmes.com/articulos/fal-fondo-asistencia-laboral-rg-5907-2026/
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