10/06/2020
👶Ley de parto Humanizado (N°25.929 y Decreto reglamentario N°2035/2015) que protege a toda mujer embarazada al momento de dar a luz y a su bebe a la hora de nacer:
✔ Durante el parto puede acompañarte cualquier persona de tu confianza. No te pueden exegir requisitos de género, parentesco, edad o de ningun otro tipo. Puede acompañarte el padre del bebé, tu pareja, tu mamá, tu hermana, un amigo, etc. Es tu decisión.
✔ Podés estar en el parto sin acompañante si esa es tu elección.
✔No pueden cobrarte un adicional por tener un acompañante en la habitación antes, durante y despues del parto. Sin embargo, si le ofrecen algún servicio como por ejemplo cama, sábanas o desayuno, si pueden facturar algún cargo extra.
✔Podés elegir tener un parto natural respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados, siempre y cuando no corra riesgo tu salud o la de tu bebé.
✔Podés decidir si queres o no anestesia antes y durante el parto. El equipo médico debe respetar tu decisión con excepción que corra riesgo tu salud o la O la de tu bebé.
✔Podés tener contacto con tu bebé en la sala de parto desde el momento del nacimiento para favorecer el vinculo precoz. Este derecho también lo tiene el acompañante que hayas elegido.
✔ El equipo médico debe favorecer el contacto con tu bebé por lo que podés tenerlo a tu lado mientras estás internada, siempre que no requiera cuidados especiales por la salud.
✔Tenés derecho a ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancis materna y recibir apoyo para amamantar.
👶Toda persona recién nacida tiene derecho:
👶A ser tratada en forma respetuosa y digna.
👶A su inequívoca identificación.
👶A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia, salvo consentimiento, manifestado por escrito de sus representantes legales, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.
👶 A la internación conjunta con su madre en sala, y a que la misma sea lo más breve posible, teniendo en consideración su estado de salud y el de aquélla.
👶 A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.
👶⚖ Las Obras Sociales y Prepagas deben otorgar cobertura del embarazo, el parto y el posparto en forma obligatoria ya que está incluido en el Plan Medico Obligatorio (PMO)