06/08/2026
¡No te lo pierdas! ¡No te dejes engañar!
Que sea conocido por todos los hombres:  y “lograron que la verdad prevaleciera”.
Señor
Eddy Alcántara
Director Ejecutivo de Pro Consumidor
(Asunto: Solicitud de intervención institucional, evaluación integral del caso Residencial 1909 y análisis de posibles brechas en la protección efectiva de los derechos de los consumidores adquirentes de viviendas.)
Distinguido señor Director:
Me dirijo a usted en mi condición de consumidor, adquirente y copropietario del Residencial 1909, ubicado en Ciudad Juan Bosch, con el propósito de solicitar su intervención directa y una evaluación institucional integral respecto de una situación que se ha prolongado por años sin que, a la fecha, se haya alcanzado una solución efectiva que garantice la tutela de los derechos que la Constitución de la República y la Ley No. 358-05 reconocen a los consumidores, usuarios, adultos-mayores de 72 años,
también amparado y protegidos en acorde a la ley 352-98, facultando y creando al Consejo Nacional DE Personas Envejecientes ().
Mi interés principal no se limita a la resolución de un conflicto particular. También procuro comprender si existen vacíos, limitaciones o brechas jurídicas, administrativas o institucionales que estén dificultando la fiscalización efectiva de determinadas administraciones de condominios, desarrolladores inmobiliarios o actores relacionados con la gestión posterior a la venta de viviendas, y que puedan estar afectando a consumidores adquirentes en condiciones similares.
Desde el año 2019 he venido denunciando situaciones vinculadas al Residencial 1909, En la ciudad Juan Bosch, y al proceso de adquisición y entrega de mi inmueble, incluyendo reclamaciones relacionadas con presuntos defectos constructivos, vicios que continúan manifestándose con el paso del tiempo, aspectos asociados al proceso de entrega de la unidad habitacional, dificultades para obtener soluciones efectivas y limitaciones en el acceso a información relevante para la defensa de mis derechos.
Asimismo, he observado situaciones relacionadas con la administración del residencial, la transparencia en la gestión de asuntos comunes, la rendición de cuentas y la participación efectiva de los copropietarios, aspectos que guardan estrecha relación con los principios establecidos tanto en la Ley No. 358-05 como en la Ley No. 5038 sobre Condominios y Propiedad Horizontal.
Lo que resulta particularmente preocupante es que, pese a las múltiples reclamaciones, comunicaciones, inspecciones, actuaciones administrativas y procesos judiciales desarrollados durante varios años, persisten interrogantes fundamentales sobre la eficacia de los mecanismos de protección disponibles para los consumidores adquirentes de viviendas cuando estos enfrentan situaciones complejas que involucran desarrolladores inmobiliarios, administraciones de condominios y diversas instituciones públicas.
Por tal motivo, respetuosamente solicito:
Que se realice una revisión integral de los antecedentes administrativos relacionados con mis reclamaciones y denuncias depositadas ante Pro Consumidor desde el año 2019.
Que se informe de manera clara y documentada cuáles actuaciones fueron realizadas por la institución, cuáles conclusiones fueron emitidas y cuáles medidas correctivas fueron recomendadas o ejecutadas.
Que se evalúe si existen limitaciones normativas o administrativas que estén dificultando la protección efectiva de los consumidores adquirentes de inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal.
Que se determine si los mecanismos actuales de supervisión, conciliación e inspección resultan suficientes para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y el respeto de los derechos de los consumidores en proyectos habitacionales como Ciudad Juan Bosch.
Que se identifiquen posibles reformas, medidas regulatorias o actuaciones administrativas que permitan fortalecer la protección de los consumidores adquirentes y copropietarios frente a situaciones similares.
Que se verifique, mediante los procedimientos institucionales correspondientes, si durante la tramitación de los distintos expedientes han existido actuaciones, omisiones, retrasos o circunstancias que ameriten revisión administrativa para garantizar la integridad, transparencia y confiabilidad de los procesos.
Deseo enfatizar que esta solicitud no persigue formular acusaciones sin fundamento ni atribuir responsabilidades sin la debida comprobación. Por el contrario, persigue que los hechos sean examinados con el mayor rigor técnico, jurídico y administrativo posible, de manera que cualquier duda sobre la corrección de los procedimientos pueda ser aclarada mediante actuaciones verificables y documentadas.
Entiendo que el fortalecimiento del Estado de Derecho requiere precisamente que las instituciones públicas puedan demostrar, mediante evidencia objetiva, que sus actuaciones se ajustan a los principios de legalidad, transparencia, imparcialidad, debido proceso y protección efectiva de los ciudadanos.
Finalmente, hago constar que existe un proceso judicial relacionado con parte de estos hechos, identificado con el expediente No. ###-2019-###X-###XX, actualmente pendiente de decisión. Sin perjuicio de dicho proceso, considero que las competencias administrativas y de protección al consumidor atribuidas a Pro Consumidor mantienen plena relevancia para evaluar los aspectos que corresponden a su ámbito de actuación institucional.
Agradezco la atención que pueda brindar a la presente comunicación y quedo a disposición para aportar cualquier documentación adicional que resulte necesaria. Siete (7) años no son siete días no una semana!
Ricardo Y. T Guerrero
Cédula No. ###-######X-X. Teléfono: 809-###-###X