13/05/2026
Acuerdo Número 16-2026 emitido por la Corte Suprema de Justicia de Guatemala y publicado en el Diario de Centro América el 13 de mayo de 2026. La Corte explica que el aumento de trámites y resoluciones en los distintos órganos jurisdiccionales ha provocado una necesidad urgente de agilizar el funcionamiento del sistema judicial para garantizar una justicia más rápida y eficiente.
Con base en las facultades que le otorgan la Constitución y la Ley del Organismo Judicial, la Corte establece que los secretarios de los órganos jurisdiccionales podrán firmar providencias y decretos de mero trámite en materias como penal, civil, mercantil, familia, laboral, administrativa y otras áreas judiciales. Esto significa que ya no será necesaria la firma del juez o magistrado en ciertos actos rutinarios, siempre que el funcionario judicial autorice previamente por escrito cuáles resoluciones pueden ser suscritas por el secretario.
El acuerdo aclara que esta delegación no aplica a resoluciones importantes o de fondo, como aquellas relacionadas con rechazos u otras decisiones que correspondan exclusivamente a jueces y magistrados. Además, la responsabilidad sobre el funcionamiento y control de estos actos continúa bajo la supervisión del órgano jurisdiccional correspondiente.
También se establece que cualquier situación no contemplada en el acuerdo será resuelta por la Cámara respectiva de la Corte Suprema de Justicia. Finalmente, el documento deroga acuerdos anteriores sobre la misma materia y señala que las nuevas disposiciones entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación oficial.
Fernández García & Asociados⚖️
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