08/09/2026
Un nene con discapacidad intelectual y trastorno de conducta necesitaba su medicación todos los días. Su obra social nunca se la dio. 💊
J. tiene un CI de 58, discapacidad certificada del 85% y necesita Atomoxetina y Risperidona en forma permanente, indicadas por su médico tratante para tratar su patología. Sus papás lo pidieron una y otra vez a OSMEDICA. La respuesta fue siempre la misma: nada. Con los únicos ingresos del hogar puestos en el sueldo del papá, comprar la medicación de su bolsillo era imposible.
Desde Cuidarte iniciamos la acción de amparo y pedimos una medida cautelar urgente. El Juzgado Federal de Mendoza hizo lugar y ordenó a OSMEDICA cubrir el 100% de ambos medicamentos en un plazo de tres días, mientras dure el tratamiento que indique el médico.
El juzgado fue claro en algo que repetimos siempre: cuando hay un certificado de discapacidad y una prescripción médica de por medio, es esa indicación la que tiene que prevalecer, no el criterio de la obra social. Las leyes 22.431 y 24.901 obligan a cubrir el 100% del tratamiento a las personas con discapacidad, sin reintegros ni topes.
Si tu obra social o prepaga te niega o demora una medicación que necesitás vos o alguien de tu familia, escribinos. Podés reclamar y hay herramientas legales para lograrlo.
✨ ES TU SALUD Y ES TU DERECHO ✨